La cura psicoanalítica se dirige al sujeto sufriente. Es una clínica que implica una práctica.
Para que haya «efecto sujeto» es del orden de lo necesario que la ley que prohíbe el goce parasitario sea inscripta. ¿A qué llamamos los analistas ley del deseo? La relación de la ley con el deseo es tan estrecha que sólo la función de la ley puede trazar el camino del deseo. Si el efecto central de dicha conjugación – entre deseo y ley – es el complejo de castración. ¿Alcanza con esta operación para que se inscriba la ley? ¿Qué efectos se producen en el sujeto cuando esa ley es renegada?
Este sujeto inserto en la polis donde rigen también otras leyes nos lleva a las siguientes preguntas: ¿Cómo se articula la ley escrita con la ley del deseo? ¿La ética de los bienes encubre la castración? Cuándo el sujeto en la polis reniega de la ley escrita ¿Qué efectos tiene? ¿Cuál es la diferencia con el sujeto deseante? ¿Cuál es la articulación entre un goce desamarrado de la ley del deseo y los síntomas que aquejan a un sujeto?
Desde el psicoanálisis postulamos que es el deseo lo que nos permite con otros, con la intervención de ese médium que es la metáfora paterna y desde la castración de cada quien, reunirnos hoy virtualmente y continuar por la vía de la palabra, una vez más, a pesar de este real que irrumpió.
Convoca y organiza: Comisión de Enlace de Buenos Aires (CEBA) de Convergencia, Movimiento Lacaniano por el Psicoanálisis Freudiano.
PRIMER PANEL «Clínica del sujeto. Ley escrita, ley del deseo» / 22 de agosto de 2020
Liliana Donzis (EFBA), Gullermo Ferreiro (CPF), Eduardo O’Connor (Triempo), Enrique Rattin (EFM).
SEGUNDO PANEL «Clínica del sujeto. Autismo y práctica del psicoanálisis» / 26 de septiembre de 2020
Alicia Hartmann (EFA), Fabiana Ingenito (Trilce/Bs. As.), Maria Rizzi (Mayéutica), Ana Virginia Nion Rizzi (Maieutica Florianópolis)